Sub-pillar VeriFactu

Calendario VeriFactu: cuándo te obliga según tipo de empresario

El calendario de obligación VeriFactu del Real Decreto 1007/2023 escalona la entrada en vigor por tipo de contribuyente. Aquí tienes los hitos en orden cronológico y qué tienes que hacer en cada uno.

El timeline que tienes que conocer

5 de diciembre de 2023

Publicación del RD 1007/2023

El reglamento que desarrolla VeriFactu se publica en el BOE. Define los requisitos técnicos del software, el formato del registro, la estructura del QR y el calendario de obligación.

17 de octubre de 2024

Orden HAC/1177/2024

Se publican las especificaciones técnicas detalladas: formato XML del registro, esquema de firma, formato del QR, comunicación con la AEAT.

1 de enero de 2026

Sociedades sometidas al Impuesto de Sociedades — obligadas

SL, SA, SLU, cooperativas con personalidad jurídica, etc. Cualquier persona jurídica sometida al IS debe facturar con un sistema VeriFactu conforme. La sanción del art. 201 bis LGT empieza a aplicarse desde esta fecha.

A lo largo de 2027

Autónomos personas físicas en estimación directa — plazo

Autónomos en régimen de estimación directa (normal o simplificada) deben tener un sistema VeriFactu conforme antes del cierre de 2027. El RD establece un calendario que la AEAT desarrolla por tramos administrativos.

Por confirmar

Autónomos en módulos (estimación objetiva)

El régimen de módulos tiene reglas más laxas en el RD original. La AEAT tiene previsto extender la obligación, pero la fecha exacta y los matices específicos están sujetos a desarrollo posterior.

¿Y si abro el negocio en 2026 o 2027?

Si te das de alta como sociedad ya en 2026 o más tarde, naces obligado: tienes que arrancar con un sistema VeriFactu desde el primer día. Lo mismo aplica a autónomos que empiecen en 2027 o después.

Esto es bueno: empezar limpio es más fácil que migrar. Eliges desde el principio un SaaS conforme y te olvidas.

¿Qué pasa si me retraso?

Si llega tu fecha de obligación y sigues facturando con un sistema no conforme, te aplica el régimen sancionador del artículo 201 bis LGT. La cuantía se calcula por ejercicio fiscal y puede llegar a 50.000 € al año. Cada mes que pasa sin adaptarte aumenta el riesgo.

La única manera correcta de regularizar es migrar a un sistema conforme y mantener accesibles las facturas antiguas durante el plazo de prescripción (4 años). No hay que renumerar, no hay que reenviar nada — la obligación VeriFactu es prospectiva.

Qué hacer 60 días antes de tu fecha de obligación

  • Elige proveedor. Si tu actual TPV se está adaptando, confirma versión y fecha. Si no, busca un SaaS con VeriFactu integrado nativo desde el principio (FlexFood lo es).
  • Verifica datos fiscales. NIF, razón social y domicilio en tu sistema deben coincidir exactamente con los registros AEAT. Una letra de diferencia en la calle hace que el sistema rechace la factura.
  • Prueba en paralelo durante 7 días. La mayoría de SaaS te dan trial gratis. Carga tu carta y emite alguna factura de prueba para detectar incidencias.
  • Migra el día 1 del mes siguiente. Cambiar a mitad de mes es viable pero ensucia los cierres. Empezar a primero te deja un mes limpio.

Adelantarse paga

Si eres sociedad y aún no te has adaptado en 2026, ya estás en zona de riesgo. Si eres autónomo, tienes margen real durante todo 2027 — pero migrar en 1 hora desde 22 €/mes/local hace innecesario apurar el plazo.

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